Resultados 2014

ECONOMÍA

El presente proceso de selección se basa en el Artículo 7º del Reglamento de estudios tipo medio superior y superior [ver artículo].

 

ConsecutivoFichaDía de inscripciónPreinscripción
111715-ago-14
2106515-ago-14
3208615-ago-14
4221515-ago-14
5364815-ago-14
6475815-ago-14
7483415-ago-14
8610615-ago-14
9621215-ago-14
10622715-ago-14
11764615-ago-14
12894115-ago-14
131048215-ago-14
141127015-ago-14
151207115-ago-14
161365215-ago-14
171383115-ago-14
181514415-ago-14
191555715-ago-14
201641415-ago-14

 

 

 

 


Artículo 7º del Reglamento de estudios tipo medio superior y superior

La Universidad, para los efectos de ingreso de sus alumnos, tomará en cuenta los criterios siguientes:

I. El grado de conocimientos, habilidades y aptitudes adquiridas por los aspirantes en el nivel inmediato anterior;

II. El cupo de acuerdo con los espacios disponibles en la Universidad y los criterios pedagógicos aceptados;

III. El número que defina para cada programa académico, el Consejo de Programa Académico correspondiente; y

IV. Los demás criterios generales de ingreso que establezca el Consejo Coordinador Académico.